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ANÁLISIS
Editorial Estrategia: Cierre de Faenas Mineras
18/11/2014

Cierre de Faenas Mineras

Estrategia

La normativa obliga a garantizar -con diferentes instrumentos financieros- las medidas de estabilización física y química que deben realizar las empresas durante el cierre las faenas.

Un importante avance en materia medioambiental es el que concretó el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, al llevar a la práctica el anhelado proyecto de cierre de faenas mineras. Es así como las autoridades del Ministerio de Minería detallaron  que un total de 132 faenas, correspondientes a 107 empresas, presentaron la valorización de sus planes, conforme al régimen transitorio de la Ley 20.551 de, cuyo plazo de ingreso vencía el martes de la semana pasada. Se estima preliminarmente que las valorizaciones ascienden a unos US$9 mil millones de dólares. 

Y en este sentido, esta ley es un hito ambiental para Chile, porque en adelante las empresas se harán cargo del cierre de sus faenas, con lo cual se evita la generación de nuevos pasivos ambientales. También es un avance relevante porque se da un paso importante para contar verdaderamente con una minería sustentable, que asuma la responsabilidad de no externalizar impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos sobre el agua, el suelo y el aire. Y por ello, una buena noticia para la salud de las personas. 

La normativa obliga a garantizar -con diferentes instrumentos financieros- las medidas de estabilización física y química que deben realizar las empresas durante el cierre las faenas que en el futuro agoten su fase de explotación, además de garantizar la gestión de post-cierre que se extiende por al menos cinco años. Aun cuando todas las faenas deben tener planes de cierre aprobados, aquellas donde la capacidad de extracción mensual bruta es superior a 10.000 toneladas, deben entregar una garantía financiera de sus procesos de cierre. 

El actual régimen transitorio obliga a las empresas a valorizar y garantizar las medidas de cierre ya aprobados mediante Resolución de Calificación Ambiental (RCA) y el título X del Reglamento de Seguridad Minera, mientras que las empresas que no se ciñeron a este régimen el 11 de noviembre, deben presentar planes de cierre según el nuevo régimen general de la Ley 20.551, que contempla un estándar más exigente para estos planes, incluyendo la aplicación de Análisis de Riesgo para la estabilidad física y química de las instalaciones de la faena. 


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